Estudios y Planes de Seguridad y Salud
El Estudio de Seguridad y Salud será elaborado por el técnico competente de la obra designado por el promotor
Tal y como indica el artículo 5.3 del RD 1627/1997, el estudio debe formar parte del proyecto de ejecución de obra, o del proyecto de obra, ser coherente con el contenido del mismo, y recoger las medidas preventivas adecuadas a los riesgos que conlleve la realización de la obra.
De acuerdo al artículo 4 del RD 1627/1997, el promotor encargará la redacción de un estudio de seguridad y salud en aquellos proyectos de obras en los que se dé alguno de los siguientes supuestos:
- Que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 450.759,08 euros.
- Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.
- Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500.
- Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.

En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el promotor estará obligado a que se elabore un estudio básico de seguridad y salud en la fase de redacción de proyecto.
Atendiendo al artículo 7.1. y 7.2. del RD 1627/1997:
En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra.
En dicho plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en el estudio o estudio básico.
El plan de seguridad deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.